Skip to main content

Información de Desempleo

Social share icons

Índice
Sección I- Elegibilidad: quién puede solicitar beneficios de desempleo
Sección II- Preocupaciones de los empleados: Preguntas frecuentes sobre beneficios de desempleo
Sección III- Primeros pasos: qué esperar cuando presente la solicitud
Sección IV- Asuntos de dinero: Estimación de beneficios, reportando ingresos y más
Sección V- Guía de recursos

DESCARGO DE RESPONSABILIDAD: La información provista por la Denver Area Labor Federation (DALF) en estos materiales no debe considerarse consejo legal o garantía de recepción de beneficios y se proporciona sólo como información general. Si necesita consejo legal para cualquier situación específica, comuníquese con un abogado de su preferencia. La información en estos materiales es precisa según nuestro conocimiento hasta la fecha indicada en los materiales, pero las leyes, regulaciones, órdenes ejecutivas, etc. están sujetas a cambios en cualquier momento debido a la respuesta siempre cambiante al crisis de COVID-19.

Preguntas frecuentes sobre el desempleo: Elegibilidad

Quien puede solicitar? Tiene que ser ciudadano estadounidense?

La ley de Colorado exige que todas las personas mayores de 18 años presenten pruebas de que están legalmente presentes en los Estados Unidos antes de recibir los beneficios de desempleo.

Debe proporcionar una de las siguientes formas de identificación (ID):

● Carné de conducir válida de Colorado o una tarjeta de identificación válida de Colorado
● Tarjeta de identificación militar de los Estados Unidos o una tarjeta de identificación militar dependiente
● Tarjeta de marino mercante de la Guardia Costera de los Estados Unidos.
● Documento tribal nativo americano
● Carné de conducir válida o tarjeta de identificación emitida por otro estado o Canadá.
● Pasaporte estadounidense

Puedo solicitar por desempleo siendo un trabajador por cuento propia, o si trabajo autonomo?

El 20 de abril de 2020, CDLE comenzará a recibir solicitudes de desempleo bajo la Ley CARES (Ley de Ayuda, Ayuda y Ayuda Económica Coronavirus), pagando los $ 600 adicionales por semana en beneficios de desempleo y lanzando otros nuevos puntos de acceso para que los trabajadores desempleados podrían obtener información.
NOTA: trabajadores autónomos y trabajadores por cuenta propia: deberá presentar una declaración de impuestos de 2018 o 2019 como parte de su solicitud. Los reclamantes no necesitan tomar medidas para recibir el monto adicional de beneficio semanal de $ 600.


Para solicitar por los beneficios de desempleo pandémica, sigue esta pagina- https://www.colorado.gov/pacific/cdle/covid-19/pua
NOTA- Si tu piensas que eres elegible para los beneficios “Regulares de Desempleo”, por favor solicite un reclamo.

¿Qué sucede si soy un contratista independiente, un empleado / trabajador de 1099 o soy autónomo? ¿Califico para el desempleo?

Por lo general, los beneficios de desempleo están disponibles cuando trabaja como empleado y un empleador está pagando primas basadas en su salario. La Ley CARES pone a disposición beneficios de desempleo ampliados, llamado Asistencia de desempleo pandémico. Averigüe si califica y solicite los beneficios aquí: https://www.colorado.gov/pacific/cdle/covid-19/pua

¿Qué sucede si obtuve un resultado positivo para COVID-19 y estoy en cuarentena?

Por lo general, para recibir beneficios regulares de desempleo, debe poder y estar disponible para volver a trabajar para su empleador. Se estableció una regla de emergencia que exigía a los empleadores de ciertas industrias que pagaran hasta cuatro días de baja por enfermedad. Una ley federal también empezo el 2 de abril que exige que muchos empleadores paguen tiempo de enfermedad. Por favor, consulte primero con su empleador. Si su empleador está exento de pagar el pago por enfermedad de emergencia o el permiso médico familiar prolongado, puede ser elegible para beneficios de desempleo ampliados, llamados Asistencia de desempleo pandémico. Averigüe si califica y solicite los beneficios aquí: https://www.colorado.gov/pacific/cdle/covid-19/pua

¿Qué sucede si tengo síntomas similares a los de la gripe y mi empleador o un funcionario de salud me pidieron que me pusiera en cuarentena?

Por lo general, para recibir beneficios regulares de desempleo, debe poder y estar disponible para volver a trabajar para su empleador. Este mes se estableció una regla de emergencia que exigía a los empleadores de ciertas industrias que paguen hasta cuatro días de baja por enfermedad. Una ley federal también empezó el 2 de abril que exige que muchos empleadores paguen tiempo de enfermedad. Por favor, consulte primero con su empleador. Si su empleador está exento de pagar el pago por enfermedad de emergencia o el permiso médico familiar prolongado, puede ser elegible para beneficios de desempleo ampliados, llamados Asistencia de desempleo pandémico. Averigüe si califica y solicite los beneficios aquí: https://www.colorado.gov/pacific/cdle/covid-19/pua

¿Tendré que servir una semana de espera?

Durante la pandemia de COVID-19, renunciamos al requisito estándar de la semana de espera antes de que se puedan pagar los beneficios. Esta exención se aplica a todos los reclamantes, independientemente del motivo de la presentación de cualquier semana de espera que aún no se haya presentado hasta el 15/03/20 y hasta que expire la Orden Ejecutiva del Gobernador.

¿Se me solicitará que busque trabajo incluso si mi empleador me ha prometido mi antiguo trabajo tan pronto como se reabra el negocio?

Los reclamantes que están desempleados porque sus empleadores están cerrados al público o de otra manera no pueden operar en su capacidad normal como resultado directo de una orden del Gobernador debido a la pandemia de COVID-19 pueden estar adscritos al trabajo mientras se requiere que el negocio permanezca cerrado. Durante la pandemia de COVID-19, renunciamos al requisito de realizar actividades de búsqueda de trabajo. Aún debe registrarse para trabajar en connectcolorado.com o con un centro de trabajo local si la oficina acepta clientes en persona.

¿Cuál será la fecha efectiva de mi reclamo de desempleo?

Su reclamo es efectivo en función de cuándo lo presenta. Si trató de presentar su reclamo pero no pudo enviarlo debido a problemas del sistema, es posible que podamos cambiar la fecha de vigencia de su reclamo en función de su último día de trabajo. Comuníquese con el Centro de Servicio al Cliente al 303-318-9000 si cree que la fecha efectiva es incorrecta.
¿Cómo solicito la Asistencia de desempleo pandémico?
Sigue el enlace aquí para averiguar si eres elegible y solicita la Asistencia de desempleo pandémico: https://www.colorado.gov/pacific/cdle/covid-19/pua

Tengo autorización de trabajo bajo la Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA). ¿Califico para los beneficios de desempleo?

Si tiene una autorización de trabajo válida, puede calificar para recibir beneficios de desempleo si fue descansado del trabajo sin culpa propia y puede, está disponible y está buscando activamente un trabajo nuevo. Planeo en solicitar para ser residente permanente legal y soy elegible para beneficios de desempleo.

¿Será considerado bajo la determinación de carga pública en mis futuros procedimientos de inmigración?

La recepción de beneficios de desempleo no se considera bajo la regla de carga pública. Solo se consideran los programas enumerados explícitamente en la regla de carga pública, junto con otros factores como la edad y la educación. El seguro de desempleo no se considera mantenimiento de ingresos. HAGA CLIC AQUÍ para obtener más información sobre la regla de carga pública y cómo se aplica a la comunidad inmigrante de Colorado:
https://www.colorado.gov/pacific/cdhs/news/public-charge-rule-and-colorado-immigrants

Quién califica para los beneficios de desempleo?

Para calificar por beneficios de desempleo, debe haber perdido su trabajo por culpa sin culpa propia. Por ejemplo, un despido, una reducción de horas o una reducción salarial no relacionada con su actuación. CDLE se comunicará con sus empleadores anteriores para determinar si usted califica o no.
Preocupaciones de los empleados: Preguntas frecuentes sobre beneficios de desempleo

¿Qué pasa si no me despidieron? Mi salario / horas se redujeron antes de ser despedido, pero estoy por encima del nivel de pobreza estándar del estado. ¿Puedo presentar un reclamo de desempleo?

Si trabaja menos de 32 horas por semana y gana menos de lo que puede pagar el desempleo, puede recibir beneficios parciales del seguro de desempleo. El desempleo paga alrededor del 55% de su salario semanal promedio durante un período de 12 meses.


¿Qué sucede si dejé mi trabajo o me dieron de baja por otros motivos? ¿Todavía puedo solicitar el desempleo?

Tiene derecho a dejar un trabajo por cualquier motivo, en cualquier momento. Sin embargo, las circunstancias de la separación determinarán si recibirá los beneficios y cuándo. Si fue dado de alta por otros motivos, aún puede ser elegible para los beneficios.
Una lista parcial de razones de separación que califican incluye, pero no se limita a:
● violencia doméstica,
● Acoso personal por parte del empleador (no relacionado con el desempeño laboral),
● Condiciones de trabajo peligrosas, y
● Condiciones médicas.
El CDLE revisará las circunstancias de su separación laboral para determinar si usted es elegible para los beneficios.

¿Qué sucede si se me considera un empleado "adjunto al trabajo" (Job Attached) o "adjunto al sindicato" (Union-Attached)?

Trabajo adjunto significa que se espera que regrese a su empleador más reciente después de una breve separación de hasta 16 semanas. Si tiene un puesto de trabajo adjunto, sus requisitos para buscar trabajo y registrarse en su Centro de Trabajo (Worker Center) pueden ser eliminados, pero debe estar disponible para volver a trabajar durante este período de tiempo.
El sindicato adjunto es lo mismo, excepto que el sindicato debe encontrar trabajo para usted dentro de las 16 semanas. Si no se eliminan sus requisitos de búsqueda de trabajo, podemos realizar una auditoría de su reclamo hasta dos años después del inicio de su reclamo y se le puede solicitar que proporcione su registro de búsqueda de trabajo en ese momento. Si no puede producir documentación o un registro de búsqueda de trabajo con todos los requisitos, es posible que se le niegue el desempleo y deba pagar los beneficios ya recibidos durante esas semanas.

¿Puedo solicitar los beneficios de desempleo si mi empleador despidió a todos sus empleados?

Si. Si no está trabajando, puede presentar un reclamo o volver a abrir un reclamo presentado en los últimos 12 meses (si queda dinero en el reclamo).


¿Qué pasa si fui despedido / despido temporal / no trabajaba porque mi empleador fue cerrado debido a COVID-19? ¿Soy elegible para presentar?

Si. Debe presentar un reclamo en línea en https://www.colorado.gov/cdle/unemployment. Debido al volumen de aplicaciones, CDLE está teniendo algunos problemas en su sitio. Vea nuestros consejos y trucos para ayudarlo a determinar el mejor día / hora para presentar su reclamo.


Trabajo en la aerolínea / industria de viajes.

¿Qué pasa si me descansan temporalmente? Mi empleador dijo que esto es solo un descanso temporal sin pago hasta que puedan pagarme nuevamente. Tengo una carta que documenta eso. ¿Soy elegible para presentar un reclamo?

Si. Debe presentar un reclamo en línea en https://www.colorado.gov/cdle/unemployment.

Primeros pasos: qué esperar cuando presente la solicitud

¿Qué tipo de información necesitaré para solicitar los beneficios de desempleo?

Necesitará su nombre legal completo, tal como aparece en su tarjeta de Seguro Social, su dirección, número de seguro social y una identificación válida. También necesitará documentación de empleo y salarios durante los últimos 18 meses, incluidos TODOS los nombres, direcciones y números de teléfono de sus empleadores en los recibos de pago. También necesitará documentación de los pagos recibidos / que se recibirán como resultado de la terminación (como declaraciones de pago o una carta de terminación).
Consejo para ahorrar tiempo: si tiene mucha información para incluir en su historial de trabajo, escríbala antes de comenzar, luego haga copy y paste en la aplicación.


¿Cuánto tiempo lleva completar la solicitud?

Planee pasar al menos media hora para completar la solicitud. El proceso puede llevar más tiempo, dependiendo de cuántos otros estén usando el sistema. Consulte nuestros consejos a continuación para conocer los mejores momentos / días para presentar su solicitud.


¿Qué día debo presentar mi reclamo?

Si necesita presentar una reclamación de desempleo y su apellido comienza con la letra A - M, presente una reclamación el domingo, martes, jueves o después de las 12 del mediodía del sábado.
Si su nombre comienza con N-Z, presente el lunes, miércoles, viernes o antes del mediodía del sábado.

Cuando intenté presentar mi reclamo, el sistema paró de funcionar. Perdí toda la información que había ingresado. Ahora tengo que comenzar desde el principio.

¿Cómo evito esto en el futuro?

Durante la presentación, haga clic en el botón "Guardar y finalizar más tarde" (Save and Finish Later) a menudo y haga clic en "Presentar un reclamo" (File a Claim) para volver a la última página guardada. Intente presentar la solicitud durante las horas donde no hay volumen alta de otras personas solicitando: noches después de las 8 p.m., tarde en la noche, temprano en la mañana. Una vez que comience a presentar, su reclamo debe completarse y enviarse dentro de las 24 horas, o su información puede perderse.

Recuerde: debe proporcionar información sobre el motivo por el que ya no trabaja para TODOS los empleadores de los últimos 18 meses. Si tiene mucha información para incluir, escríbala antes de comenzar y copie y pegue en la aplicación.

TENGA EN CUENTA: El mantenimiento diario del sistema es de 6 a 8 pm, y los servicios de solicitud de desempleo no están disponibles durante las horas de mantenimiento.
NO INTENTE PRESENTAR SU RECLAMACIÓN DURANTE 6-8 P.M. CUANDO SE REALIZA EL MANTENIMIENTO.

¿Se ofrece esta aplicación en diferentes idiomas?

La aplicación en línea actualmente está disponible sólo en inglés. Si necesita ayuda para comprender la información en este sitio web, y / o si necesita servicios de interpretación, llame al 303-318-9000 o al 1-800-388-5515 (fuera del área metropolitana de Denver) durante el horario comercial correspondiente.
¿Qué es la "semana de espera"? ¿Tengo que esperar una semana para solicitar el desempleo?
Puede solicitarlo tan pronto como su último día en el trabajo. La "semana de espera" no pagada se ha suspendido para permitir que las personas accedan a los beneficios más rápidamente durante la pandemia de COVID-19.


¿Cuánto tiempo puedo recibir asistencia del desempleo?

Según las nuevas órdenes del Gobernador Polis, el tiempo que puede recibir el desempleo se ha extendido de 26 a 39 semanas.


¿Cuando puedo comenzar a recibir beneficios de desempleo después de presentar la solicitud?

Puede ver pagos tan pronto como 6-10 días después de que se haya presentado un reclamo.
Terminé mi solicitud. ¿Ahora que?
Cuando haya terminado, haga clic en "Enviar" (Submit) una vez. Cuando el reclamo se envíe con éxito, recibirá una página y un número de confirmación. Una vez completado, recibirá un número de confirmación. Su reclamo no se completará hasta que haga clic en "Enviar" (Submit).
TENGA EN CUENTA: le recomendamos que imprima la solicitud completa para sus registros; contiene su número de confirmación y detalles sobre cuándo y cómo solicitar pagos. Si no puede imprimir, guarde el documento como PDF u otro archivo para poder consultarlo en el futuro según sea necesario.

Asuntos de dinero: Estimacion de beneficios, reportando ingresos y más
He presentado mi reclamo.

¿Cuánto me pagarán si se aprueban los beneficios?

Por lo general, los empleados a tiempo completo reciben el 55% de su cheque de pago habitual, hasta un monto máximo. ¿Quieres saber cuánto podrías recibir? Usa el Estimador de beneficios de desempleo de CDLE aqui: http://www.coworkforce.com/uibEstimator/
Fui despedido, con indemnización por despido.

¿Debo reportar mi indemnización por despido al solicitar al desempleo?

Si. TODOS los ingresos, incluso los ingresos relacionados con la separación del trabajo (incluidos el pago por enfermedad, el pago de vacaciones, la indemnización por despido o cualquier otra forma de compensación / beneficios recibido por su empleador cuando se va) DEBEN reportar cuando presente su reclamo.
Will working part-time affect my unemployment benefits?

¿El trabajo a tiempo parcial afectará mis beneficios de desempleo?

Puede ser elegible para recibir beneficios parciales si está trabajando menos de 32 horas por semana. Cuando trabaja, CDLE puede pagar parte de sus beneficios semanales, pero debe haber ganado menos que su beneficio semanal. La ley establece que puede ganar hasta el 25 por ciento de la cantidad de su beneficio semanal y aún así recibir el pago completo de su beneficio. Después de eso, reducimos el pago de sus beneficios en un dólar por cada dólar que gane. Deberá reportar sus horas trabajadas y sus ganancias brutas (pagar antes de cualquier retención, por ejemplo, impuestos o manutención de los hijos) para cada semana cuando solicite el pago, así que asegúrese de tener documentación de todas sus horas y ganancias para cada semana.


TENGA EN CUENTA: en vez de esperar hasta que le paguen, le solicitamos que reporte el tiempo y los ingresos brutos cuando solicite el pago. Además, debe reportar cuando ya no trabaje para un empleador. Comuníquese con el Centro de Servicio al Cliente al 303-318-9000 o al 1-800-388-5515 (fuera del área metropolitana de Denver) para informar que dejó de trabajar.
¿Confuso? Así es como funciona: Ejemplo: el monto de su beneficio semanal = $ 100. 25% de $ 100 = $ 25. Semana 1- Ganas $ 20. Debido a que esto es menos de $ 25, recibirá su pago de beneficio completo de $ 100. Semana 2- Ganas $ 35. Debido a que ganó $ 10 más del 25% del monto de su beneficio semanal ($ 25), recibirá $ 90 en pagos de beneficios ($ 100 - $ 10 = $ 90). Semana 3- Ganas $ 110. Debido a que esto es igual o mayor que el monto de su beneficio semanal, recibirá $ 0 en pagos de beneficios.

¿Qué sucede si no informo mis horas correctamente?

Si no reporta correctamente sus horas y ganancias puede resultar en un sobrepago (overpayment) que debe pagar. Si recibe beneficios de manera fraudulenta, debe reembolsar los beneficios más una multa monetaria del 65 por ciento, y puede ser descalificado para recibir beneficios futuros. También puede ser acusado de un delito en un tribunal estatal y / o federal.

¿Qué pasa con mis ingresos del trabajo autónomo? ¿Estoy obligado a reportarlo?

El trabajo autónomo se considera trabajo. Debe reportar sus horas trabajadas y las ganancias (o ganancias brutas) de las horas trabajadas cada semana cuando solicite el pago. Asegúrate de tener documentación o prueba de todas sus horas y ganancias. También debe mantener su elegibilidad cumpliendo con todos los requisitos para recibir los beneficios.

¿Qué sucede si estoy ganando una comisión por trabajo a tiempo parcial? ¿Necesito reportar mis comisiones?

Las comisiones se consideran ganancias. Debe reportar sus horas trabajadas y estimar sus comisiones ganadas por cada semana que solicite el pago. Mantenga un registro de todas sus horas y comisiones ganadas. En lugar de esperar hasta que le paguen, le pedimos que informe las comisiones estimadas a medida que se ganan (cuando solicita el pago). También debe mantener su elegibilidad cumpliendo con todos los requisitos para recibir los beneficios.

¿Tengo que pagar impuestos sobre mis pagos de beneficios de desempleo?

Si. Sus beneficios de desempleo están sujetos a impuestos tanto por el gobierno federal como por el estatal. Puede decidir que los impuestos se deduzcan automáticamente de sus pagos o pagar impuestos más adelante. Puede cambiar de una opción a otra solo una vez durante su reclamo de desempleo. Encuentra más información sobre cómo se gravan sus beneficios de desempleo aquí.
https://www.colorado.gov/pacific/cdle/node/19941

¿Me pueden pagar licencia por enfermedad para cubrir las pruebas de COVID-19?

Haga clic aquí para acceder a las últimas noticias sobre licencia por enfermedad remunerada de emergencia durante la pandemia COVID-19
https://www.colorado.gov/pacific/cdle/news/state-labor-department-releases-emergency-ru les-paid-sick-leave-covid-19